La Asociación “Aragón Despierta” reclama a las entidades públicas competentes el establecimiento de una fiscalidad diferenciada de la común y específica para las zonas afectadas por la despoblación en Aragón (Aragón Vaciado), de manera que tales medidas fiscales supongan revulsivos que favorezcan la fijación de población en el territorio y la atracción de nuevos residentes en nuestras zonas rurales, así como el nacimiento y desarrollo de nuevos proyectos de emprendimiento que permitan un desarrollo socioeconómico sostenido de estas zonas.
Son dos las premisas sobre las que se construye esta propuesta. En primer lugar, la propia dimensión del problema de la despoblación en Aragón. En este sentido, la sangría demográfica está lastrando el desarrollo e incluso la supervivencia de amplias zonas de la Comunidad Autónoma. La pérdida de habitantes en muchas localidades de numerosas comarcas aragonesas ha sido una constante en las últimas décadas. Con ellas, ha habido núcleos que ya han desaparecido, y existen otros que (de no cambiar la tendencia radicalmente) se vaciarán irremediablemente. El problema es, posiblemente, el más grave que sufre Aragón desde hace muchas décadas.
En segundo lugar, la solicitud de esta fiscalidad diferenciada se basa igualmente en la necesidad de reconocer que la realidad socioeconómica de los entornos rurales aragoneses es radicalmente diferente de la que se vive en las zonas urbanas. De esta forma, ante dos situaciones de hecho claramente distintas, deben aplicarse igualmente dos formas diferentes de entender la fiscalidad, adaptando ésta a la vida de nuestros pueblos.
El establecimiento de una fiscalidad diferenciada debe ser, además, uno de los ejes sobre los que se desarrolle el proceso de lucha contra la despoblación. Es decir, las medidas para revertir las tendencias demográficas negativas deben entender a la fiscalidad como un eje principal, pero no el único. En este sentido, resulta crucial que las medidas fiscales se acompañen de un amplio abanico de medidas dispuestas desde otros sectores (acceso a servicios públicos, fomento de las nuevas tecnologías y redes básicas, apoyo al emprendimiento y a las nuevas formas de trabajo, transporte y vías de comunicación, etc).
Con carácter previo al estudio de figuras impositivas susceptibles de diferenciarse, es necesario definir claramente con parámetros adecuados y objetivos las zonas afectadas por la despoblación, evitando la elección de circunscripciones territoriales que, por motivos diversos, pudieran ofrecer unos datos estadísticos que no se correspondieran con la realidad de las pequeñas localidades afectadas. En este sentido, entendemos que la circunscripción más adecuada para definir estas zonas debería ser el municipio.
En cuanto a las figuras fiscales que debieran estudiarse para llevar a cabo esta medida, entendemos que debiera ser (principalmente) las referidas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en el que podrían estudiarse tanto a nivel autonómico como estatal el establecimiento de deducciones para trabajadores y autónomos sobre las rentas obtenidas en estas zonas por parte de personas residentes en el Aragón Vaciado. De esta manera, la fijación de la población se garantiza y el apoyo al emprendimiento y desarrollo laboral se favorece. En un sentido análogo, puede estudiarse el establecimiento de bonificaciones en el ámbito del Impuesto de Sociedades (IS) sobre los rendimientos obtenidos por entidades cuyo domicilio fiscal y sede efectiva de producción estuviera igualmente en zonas despobladas. Además de estas dos figuras impositivas principales, pueden analizarse otras (Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto de Sucesiones y Donaciones… pero siempre con el requisito de que el sujeto pasivo y los bienes en cuestión radiquen en uno de los municipios afectados por la despoblación).
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