Para acceder a esta prestación son necesarios ciertos trámites ante la Administración Pública y pasar por la valoración de un tribunal médico. Realmente, si quieres ahorrarte muchos trámites y quebraderos de cabeza lo mejor es contratar un abogado Incapacidad Permanente Huesca que gestione todo el proceso. En Huesca, Pérez y Bravo Abogados son uno de los despachos de abogados de referencia en este tipo de reclamaciones.
Veamos los trámites y requisitos necesarios par acceder a la prestación por incapacidad permanente:
¿Quién puede solicitar la prestación por incapacidad laboral?
Sus beneficiarios son cualquier persona, sea del régimen de la Seguridad Social que sea, siempre que cumplan unos requisitos respecto al grado de invalidez.
Grados de invalidez
Incapacidad parcial para la profesión habitual
Se sufre una disminución en la capacidad de trabajo de al menos el 33% en su profesión habitual. Pero puede seguir realizando las tareas esenciales de su oficio.
incapacidad total para la profesión habitual
El trabajador no puede desempeñar su profesión habitual pero si puede realizar otros trabajos.
Incapacidad absoluta para todo trabajo
La persona trabajadora no puede realizar ningún trabajo.
Invalidez grave
El trabajador además de no poder desempeñar oficio necesita asistencia para valerse en el día a día.
Procedimiento para solicitar la prestación por incapacidad permanente
Es necesario presentar una solicitud ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para su tramitación y resolución. Si la persona que lo solicita reside en el extranjero lo hará ante la Dirección provincial del INSS de la provincia de sus últimas cotizaciones en España.
Este trámite, ha de ir dirigido al INSS pero puede hacerse en cualquier registro oficial de la Administración o en la Sede Electrónica de la Seguridad Social si dispone de certificado digital.
Cuando la causa de la incapacidad es un accidente de trabajo o enfermedad laboral y esta probada la responsabilidad de la empresa, la prestación económica se incrementa del 30 al 50 % en funcion de la gravedad de la infracción.
El INSS debe dictar resolución en un máximo de 135 días. si en dicho plazo no contesta, si no dicta resolución, la misma se entiende denegada por falta de respuesta administrativa. De ahí la importancia de contar con la asistencia de un abogado experto en tramitación de la incapacidad permanente en Huesca. Pues además su concesión y en el grado adecuado va a ser fundamental para su calidad de vida el resto de la misma.
En ocasiones el INSS solicita la presentación de documentación adicional o que el interesado acuda ante ella. en ese caso la persona dispone de un plazo de 10 días para presentar la documentación requerida o argumentar lo que estime necesario.
Revisión de la incapacidad permanente
Una vez concedida, es susceptible de revisión si sus condiciones de salud empeoran o mejoran. Así como si se ha producido un mal diagnostico.
Suspensión de la incapacidad permanente
Motivos que causan la suspensión de la prestación:
-
Actuación fraudulenta para obtener o mantener la prestación de incapacidad.
-
Si el motivo de la incapacidad ha sido producido o agravado por imprudencia temeraria de su beneficiario o porque éste haya abandonado el tratamiento sanitario prescrito.
Extinción de la incapacidad permanente
Una vez concedida la prestación por incapacidad permanente se extingue por:
- Revisión del grado de invalidez declarado en su día.
- Concesión de la pensión de jubilación.
- Fallecimiento del causante de la prestación.
Cada situación de incapacidad permanente es diferente. Por ello y dada su relevancia, es fundamental contar con un despacho de abogados expertos en incapacidad laboral en Huesca que evalúen tu caso al detalle. Y tengan en cuenta todas sus posibles variables para determinar acertadamente la cuantía de la prestación a la que se tiene derecho.
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